Recibe asesoría gratis para solicitar el Programa de Asistencia de Emergencia para el Alquiler de NY

Este martes se celebrará un evento gratuito en Brooklyn para ayudar a los inquilinos a solicitar la ayuda.

Telemundo

La senadora estatal Roxanne Persaud y la organización Good Shepherd Services celebrarán este martes 9 de noviembre un evento para ayudar a los inquilinos de Brooklyn a solicitar el Programa de Asistencia para el Alquiler de Emergencia (ERAP) del estado de Nueva York. 

El evento se realizará de 10 a.m. a 2 p.m. en el Centro Comunitario Prince Joshua Avitto, ubicado en 876 Schenck Avenue, Brooklyn, Nueva York, 11207. 

Los voluntarios de Good Shepherd Services ofrecerán asistencia gratuita a los inquilinos con ingresos medios del área (AMI) del 80-120%, propietarios cuyos inquilinos se niegan a presentar la solicitud y propietarios cuyos inquilinos han abandonado la residencia.

Abre aquí para más detalles sobre el evento y la ayuda que ofrece Good Shepherd Services.

Los fondos federales proporcionados a Nueva York para ERAP se han asignado casi en su totalidad a los neoyorquinos que cumplen los criterios. Si bien el estado aún acepta solicitudes, es probable que no haya fondos disponibles excepto en las siguientes áreas:

  • Condado de Dutchess
  • Condado de Erie
  • Condado de Nassau (sin incluir las ciudades de Hempstead u Oyster Bay)
  • Condado de Niagara
  • Condado de Oneida
  • Condado de Saratoga
  • Condado de Suffolk (sin incluir las ciudades de Brookhaven o Islip)
  • Condado de Westchester (sin incluir la ciudad de Yonkers)

Las familias de ingresos bajos y moderados pueden recibir el pago de hasta 12 meses de su alquiler atrasado, tres meses de alquiler futuro y ayuda para el pago de servicios públicos. 

Los residentes cumplen los criterios si:

  • Se atrasó en el alquiler desde que comenzó la pandemia de COVID-19 en marzo de 2020
  • Califica para beneficios de desempleo o ha perdido ingresos y / o tiene un aumento en los gastos debido a la pandemia de COVID-19
  • Tiene un ingreso familiar bruto mensual (antes de impuestos) igual o inferior al 80% del ingreso medio del área (AMI)
  • Si usted es indocumentado, pero tiene hijos ciudadanos o con residencia legal permanente, puede presentar la solicitud en su nombre. 

Los hogares en cualquier parte del estado con ingresos superiores al 80 por ciento y hasta el 120 por ciento del ingreso medio del área aún pueden solicitar asistencia de alquiler de emergencia financiada por el estado.

Los propietarios en cualquier parte del estado con un inquilino que se haya negado a presentar una solicitud para ERAP, o que haya abandonado el apartamento sin pagar el alquiler adeudado, aún pueden presentar una solicitud.

Todos los pagos se harán directamente al propietario en nombre del inquilino. Los propietarios pueden iniciar una solicitud de ERAP en nombre de los inquilinos que cumplen los criterios para ERAP. Los inquilinos serán notificados de las cantidades pagadas en su nombre.

En nuestro artículo ¿Necesitas ayuda para solicitar el programa de pago de renta en NY? Hay varias organizaciones que pueden ayudarte puedes encontrar más detalles.

Las personas no necesitan tener un estatus migratorio legal para calificar para el programa.

¿CUÁNTO RECIBIRÁN LOS INQUILINOS QUE CUMPLEN LOS CRITERIOS?

Los hogares aprobados para ERAP pueden recibir:

  1. Hasta 12 meses de pagos atrasados ​​de alquiler para alquileres acumulados a partir del 13 de marzo de 2020.
  2. Hasta 3 meses de asistencia adicional para el alquiler si se espera que el hogar gaste el 30 por ciento o más de sus ingresos brutos mensuales para pagar el alquiler.
  3. Hasta 12 meses de pagos atrasados ​​de servicios públicos de electricidad o gas por atrasos que se hayan acumulado a partir del 13 de marzo de 2020.

Los pagos se harán directamente al propietario de la casa o apartamento y a la compañía de servicios públicos en nombre del inquilino. Los inquilinos solicitantes serán notificados de las cantidades pagadas en su nombre. 

IMPORTANTE. Si es difícil ubicar al propietario o no proporciona la información necesaria para completar la solicitud, los fondos se retendrán hasta 180 días para permitir el tiempo suficiente para ubicar al propietario y recopilar la información requerida, así como para brindar protección al inquilino. 

DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR:

LOS INQUILINOS DEBERÁN PROPORCIONAR:

  1. Identificación personal de todos los miembros del hogar. Las formas aceptables de identificación incluyen: una identificación con foto, licencia de conducir o identificación de no conductor emitida por el gobierno, pasaporte, tarjeta de emisión de beneficios / EBT, certificado de nacimiento o bautismal, registro escolar.
  2. Número de seguro social de cualquier miembro del hogar al que se le haya emitido uno. Las personas no necesitan tener un estatus migratorio legal para calificar para el programa.
  3. Comprobante del monto del alquiler, contrato de arrendamiento firmado, incluso si venció. Si no hay un contrato de arrendamiento disponible, se puede mostrar la prueba mediante un recibo de alquiler, un cheque cancelado o un giro postal. Si no hay documentación disponible, se aceptará la certificación del propietario.
  4. Comprobante de residencia y ocupación: contrato de arrendamiento firmado, recibo de alquiler, factura de servicios públicos, registros escolares, extracto bancario, correo postal con el nombre del solicitante, factura del seguro o licencia de conducir. La prueba debe estar actualizada.
  5. Comprobante de ingresos para documentar la elegibilidad de ingresos. 
  • Documentos que demuestren los ingresos mensuales del mes anterior, como comprobantes de pago, verificación de depósito de cuenta bancaria, carta de beneficios por desempleo u otra prueba.
  • Documentos que demuestren ingresos anuales para 2020, como un formulario de impuestos W-2 de un empleador, un estado de ganancias anual o una copia de una declaración de impuestos completa, como un formulario de impuestos 1040, 1040EZ, 1099 u otra evidencia de Ingresos anuales 2020.
  • La auto-atestación de ingresos está permitida en ciertas circunstancias en las que no hay documentación disponible, como ciertos trabajos por cuenta propia.
  1. Copia de la factura de servicios públicos de gas o electricidad, si solicita ayuda para pagar los atrasos de servicios públicos en la misma unidad de alquiler.
  2. Se pedirá a los solicitantes que certifiquen que a partir del 13 de marzo de 2020, un miembro del hogar recibió beneficios por desempleo o experimentó una reducción en los ingresos del hogar, incurrió en costos significativos o experimentó otras dificultades financieras, directa o indirectamente, debido al COVID-19. pandemia. El solicitante deberá firmar el formulario de solicitud y las certificaciones asociadas, aceptando que la información proporcionada en la solicitud es precisa.

LOS PROPIETARIOS DEBERÁN PROPORCIONAR:

  1. Formulario de impuestos W-9 completado.
  2. Contrato de arrendamiento ejecutado con el inquilino solicitante, o si no hay un contrato de arrendamiento por escrito, un cheque cancelado, evidencia de transferencia de fondos u otra documentación del último pago de alquiler mensual completo.
  3. Documentación del alquiler adeudado por el inquilino (por ejemplo, libro mayor, etc.) o atestación en la solicitud.
  4. Información bancaria para recibir pago por depósito directo.
  5. Se requerirá que el dueño de la propiedad o una compañía de administración de propiedad autorizada firme el formulario de solicitud y las certificaciones asociadas acordando que la información proporcionada, incluido el monto de los atrasos de alquiler adeudados, es precisa y no duplica un pago recibido de otro programa.

El dueño de la propiedad o la compañía de administración de la propiedad autorizada también debe aceptar los siguientes términos como condición para aceptar pagos atrasados ​​del alquiler:

  • El pago de ERAP satisface todas las obligaciones de alquiler del inquilino durante el período de tiempo cubierto por el pago.
  • Renuncia a los cargos por mora adeudados por los atrasos de alquiler cubiertos por el pago de ERAP.
  • No aumentar el monto del alquiler mensual por encima del monto mensual adeudado en el momento de la solicitud de asistencia de ERAP durante los meses para los cuales se recibe asistencia de alquiler y durante un año desde la recepción del pago de ERAP.
  • No desalojar al hogar en nombre del cual se realiza el pago de ERAP debido a un contrato de arrendamiento vencido o arrendamiento remanente durante un año a partir de la recepción del pago de ERAP. Se hará una excepción a este requisito si la unidad de vivienda contiene cuatro o menos unidades y el dueño de la propiedad o los miembros de la familia inmediata del dueño tienen la intención de ocupar inmediatamente la unidad para usarla como residencia principal.

¿PUEDO SOLICITAR ÚNICAMENTE ASISTENCIA PARA PAGOS ATRASADOS DE SERVICIOS PÚBLICOS?

No. Una persona debe cumplir los criterios para la asistencia de pago atrasado de alquiler de ERAP para recibir asistencia de pago atrasado de servicios públicos.

Los residentes del estado de Nueva York fuera de la ciudad de Nueva York que no necesiten ayuda para pagar los atrasos del alquiler y solo necesiten ayuda para pagar los costos de los servicios públicos deben solicitar el Programa de Asistencia de Energía para el Hogar (HEAP) en www.myBenefits.ny.gov.

Las personas que residen en la Ciudad de Nueva York pueden descargar una solicitud de la página web HEAP de la Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York.

¿PUEDO SOLICITAR OTRA ASISTENCIA DE ALQUILER MIENTRAS RECIBO ASISTENCIA CON ERAP?

Sí, puede solicitar otra asistencia de alquiler, pero debe informar a ERAP sobre cualquier otra ayuda que haya solicitado o recibido para no recibir pagos duplicados.

Los hogares que reciben un pago de otros programas de asistencia de alquiler no podrán recibir asistencia de ERAP para pagar los mismos atrasos de alquiler adeudados.

¿QUÉ TIPO DE PROPIEDADES DE ALQUILER CUMPLEN LOS CRITERIOS PARA RECIBIR ASISTENCIA?

Los siguientes tipos de propiedades residenciales de alquiler están disponibles para la asistencia de ERAP:

Alquiler de apartamento

Alquiler de condominio o cooperativa

Alquiler para vivienda unifamiliar

Alquiler de casas prefabricadas o lotes de casas prefabricadas

¿ERAP ME AYUDARÁ A PAGAR LOS PAGOS HIPOTECARIOS VENCIDOS?

No. ERAP solo está disponible para pagar los atrasos de alquiler.

Para más información visita https://otda.ny.gov/programs/Emergency-Rental-Assistance/.

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