Nueva York

Estos son los documentos requeridos para la ayuda financiera para indocumentados en NY

El estado ha creado un sistema de puntos sobre los documentos de identidad y el comprobante de domicilio requeridos. Aquí te explicamos.

Telemundo

El presupuesto para el año fiscal 2022 aprobado por Nueva York dará parte de los fondos para los trabajadores que han sido excluidos de las ayudas federales; una noticia que beneficiará a los inmigrantes indocumentados del estado.

Esto se debe a que el presupuesto reservará $ 2.1 mil millones de dólares para ayudar a los neoyorquinos que perdieron el trabajo durante la pandemia del COVID-19, pero no pudieron obtener seguro de desempleo u otros beneficios federales. El término “trabajador excluido” incluirá a cualquier individuo que no cumpla con los requisitos para los beneficios de desempleo estatales o federales y no haya recibido ninguno de dichos beneficios, no cumple con los requisitos para los pagos de estímulo federal y ha sufrido una pérdida de ingresos laborales o del hogar debido a la pandemia del COVID-19.

Con la aprobación del fondo de ayuda, las personas que cumplen los criterios podrían recibir $15,600 o $3,200 en beneficios del Gobierno estatal.

Se discute el pago semanal de $300 durante 52 semanas, como reemplazo de dinero por seguro de desempleo. Los trabajadores deben de haber declarado impuestos ante el IRS en los últimos tres años con un número válido de identificación para recibir la suma de ayuda mayor. Si no tienen esos documentos entonces califican para la suma de $3,200 en ayuda, pero tienen que probar su identidad, residencia y lugar de trabajo, dicen los asambleístas.

“Cuando Nueva York se convirtió en el epicentro de esta pandemia, innumerables trabajadores perdieron su trabajo y han luchado para llegar a fin de mes”, dijo la asambleísta Joyner. “Nuestras comunidades de inmigrantes son una parte esencial de nuestra economía y muchas de ellas no cumplen los críterios para el desempleo o cualquier otra asistencia federal. Esta financiación proporciona el apoyo de emergencia al que todo neoyorquino debería tener acceso”, añadió.

Decenas de personas celebraron la noticia en Manhattan luego de estar por más de tres semanas en huelga de hambre pidiendo que la ayuda fuera aprobada.

Aquí lo que debe saber, según la organización Make The Road New York.

¿CUÁNDO SE EMPEZARÁN A DAR LAS AYUDAS Y CUÁNDO PUEDO EMPEZAR A SOLICITARLA?

IMPORTANTE: EL DEPARTAMENTO DE TRABAJO DEL ESTADO DE NUEVA YORK, (DOL, POR SUS SIGLAS EN INGLÉS), SE ENCARGARÁ DE RECIBIR LAS SOLICITUDES, PERO AÚN NO HA ANUNCIADO CUÁNDO INICIARÁN Y PODRÍA TOMAR TIEMPO.

CUIDADO: Los estafadores podrían tratar de robar su información o cobrar por el proceso. Evite contratar a cualquier personas que le prometa agilizar el proceso o conseguir más ayuda de que ofrece el programa.

Por favor visite https://dol.ny.gov/excluded-workers-fund para verificar las últimas actualizaciones.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA SOLICITAR AYUDA DE ESTE FONDO CUANDO ÉSTE DISPONIBLE?

  1. Debes haber sido residente de Nueva York desde antes del 27 de marzo de 2020 y continuar viviendo en el estado.
  2.  No cumples los requisitos para recibir el seguro de desempleo o cualquier otra ayuda federal de ingresos relacionados a la pandemia del COVID-19.
  3. Debes tener una prueba de identidad.
  4. Eres una persona que ha tenido pérdida de ingresos familiares o relacionados con el trabajo después del 23 de febrero de 2020 debido a la pandemia del COVID-19 por las siguientes razones:
    1. Es desempleado, parcialmente desempleado o no puede trabajar.
    2. La persona que era el sostén de familia o la principal fuente de ingresos del hogar murió o quedó discapacitado durante la pandemia del COVID-19.
  5. No haber ganado más de $26,208 en el último año.
  6. Prueba de cumplir los requisitos relacionada con el trabajo durante el período de beneficios del 27 de marzo de 2020 al 1 de abril de 2021 para poder recibir los beneficios.

¿CUÁNTO DINERO PODRÍA RECIBIR UN TRABAJADOR QUE CUMPLA LOS REQUISITOS?

Con la aprobación de este “fondo de ayuda” las personas que cumplen el criterio podrían recibir $15,600 o $3,200 en beneficios del Gobierno estatal.

La cantidad depende del nivel de documentación del trabajo y de las ganancias que pueda proporcionar durante el proceso de solicitud:

  1.  Nivel 1: Los solicitantes que pueden mostrar cierta prueba de su empleo e ingresos, (tendrían un beneficio total de $ 15,600 menos un impuesto deducido automáticamente de $ 780).
  2.  Nivel 2: Los solicitantes con alguna prueba, pero sin la prueba requerida para el nivel uno, (beneficio total de $ 3,200 menos un impuesto deducido automáticamente de $ 160).

NIVEL 1

  • La suma total de $15,600 sería el máximo otorgado a quienes puedan demostrar que vivían en el estado de Nueva York antes del 27 de marzo de 2020, que perdieron ingresos debido a la pandemia y que puedan presentar las declaraciones de impuestos, o bien, cartas del lugar de trabajo o comprobante de pago de los formularios W-2 o 1099.
  • El estado no exigirá todos los documentos, según la ley.
  • La deducción por impuestos sería de $780. A quienes reciban el monto máximo, se les descontaría esa cifra para un total de $14,820.
  • Quienes cumplan los criterios, recibirán $300 semanales -lo que ofrece el seguro de desempleo federal- durante 52 semanas.

NIVEL 2

  • El estado entregará $3, 200 a los trabajadores indocumentados que no puedan presentar los documentos para el nivel 1. Sin embargo, para el nivel 2, aún se tendrán que presentar un prueba de identidad y de domicilio en Nueva York.
  • El nivel 2 implica un deducción de impuestos de $160.
  • Después de los impuestos, los trabajadores recibirán $3,040.
  • La suma equivale a los cheques de estímulo dados por el gobierno a causa de la pandemia que fueron de $1,200, $600 y $1,400.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO PRESENTAR?

El estado creará un sistema de puntos sobre los documentos que se presenten hasta sumar un total de cuatro puntos que se requieren para cumplir los criterios.

Los trabajadores que cumplan los criterios deberán presentar documentación que muestre su identidad, prueba la residencia anterior y actual en el estado de Nueva York y documentos que muestren la pérdida de ingresos o ingresos familiares.

  1. Para la prueba de identidad los solicitantes pueden mostrar uno o más de los siguientes documentos que tendrán un valor o puntos. Por lo menos uno debe tener una foto y fecha de nacimiento:
  • Licencia de conducir de Nueva York o identificación estatal (4 puntos)
  • Pasaporte de EE. UU. (4 puntos)
  • IDNYC (4 puntos)
  • Pasaporte no estadounidense (3 puntos)
  • Tarjeta de identificación para pacientes hospitalizados del estado de Nueva York emitida por la Oficina de Salud Mental (2 puntos)
  • Certificado de matrimonio (1 punto)
  • Sentencia de divorcio (1 punto)
  • Tarjeta del Departamento de Parques y Recreación de la Ciudad de Nueva York (1 punto)
  • Certificado de nacimiento fuera de EE. UU. (1 punto)
  • Tarjeta de identificación que no sea de EE. UU. (1 punto)
  •  Diploma / transcripción (1 punto)
  • Cualquier otro documento que el Departamento de Trabajo considere relevante (solo 3 puntos o menos)

2. Para la prueba de residencia el solicitante puede proporcionar:

  • Una licencia de conducir del estado de Nueva York no vencida.
  •  Una identificación de no conductor o IDNYC.
  • Dos documentos de la lista a continuación, uno con fecha anterior al 27 de marzo de 2020 y otro con fecha 30 días antes de que la ley entre en vigencia o más tarde:
    • Copia de una factura de servicios públicos
    • Extracto bancario o de tarjeta de crédito
    • Un contrato de arrendamiento actual, pago de hipoteca o declaración de impuestos a la propiedad.
    • Carta dirigida al solicitante por la Autoridad de Vivienda de la Ciudad de Nueva York
    • Carta al solicitante de un refugio para personas sin hogar que indique que el solicitante reside actualmente en el refugio
    •  Carta al solicitante de una organización sin fines de lucro que brinda servicios a personas sin hogar
    • Cualquier otro documento que el DOL considere aceptable

3. Documentos que muestren situación laboral y financiera:

  • Declaración de impuestos para 2018, 2019 o 2020 utilizando un Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN) válido
  • Carta de un empleador que documente las fechas de trabajo y la razón por la que el solicitante ya no trabaja
  • 6 semanas de recibos de pago o declaraciones de salario del período de 6 meses antes de cumplir los criterios
  • W2 o 1099 de 2019 o 2020
  • Notificación / Prueba de Salario que muestra el empleo durante algún tiempo antes de que el solicitante cumple los criterios.

El DOL puede optar por aceptar otros documentos que demuestren un empleo anterior y la consiguiente pérdida de ingresos.

NO TENGO TODOS LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD, ¿QUÉ PUEDO HACER, AÚN PUEDO OBTENER LA AYUDA?

Los solicitantes que no puedan proporcionar los documentos requeridos para el nivel 1 pero que puedan demostrar su identidad y residencia deben presentar documentación relacionada con el trabajo que se evaluará en base a un sistema de puntos creado por el DOL.

Los ejemplos de documentos que el DOL puede optar por incluir en su sistema de puntos incluyen: talones de pago, declaraciones de salario, notificación / prueba de salario, registros bancarios que muestren un patrón de pagos o depósitos, recibos de una tarjeta de pago que muestren depósitos y / u otros documentos que muestren la tasa de pago del solicitante o un patrón de empleo.

¿CÓMO SE PAGARÁN LOS FONDOS A LOS SOLICITANTES?

El Departamento de Trabajo decidirá si los beneficios se pagarán mediante depósito directo, tarjeta de efectivo, cheque o algún otro método de pago.

¿CÓMO SE MANTENDRÁ SEGURA Y CONFIDENCIAL LA INFORMACIÓN DE LOS SOLICITANTES?

Los formularios de solicitud no incluirán los documentos de identidad del solicitante ni nada sobre la ciudadanía o el estado migratorio del solicitante o la inelegibilidad para un Número de Seguro Social (SSN). Los documentos del solicitante solo se utilizarán para determinar si cumplen el criterio y no deben compartirse con nadie que no esté involucrado en el proceso de solicitud, a menos que sea para cumplir con una orden o mandato judicial.

¿QUÉ PERÍODO DE TIEMPO CUBRE LOS PAGOS?

El fondo ofrece un año de pagos por desempleo retroactivos, a partir del 27 de marzo de 2020 hasta el 1 de abril de 2021. A diferencia de versiones anteriores del lenguaje del proyecto de ley, la versión final no proporciona ningún pago de desempleo futuro para el resto de la pandemia de coronavirus.

Para más información de cuándo podrían empezar a llenar las solicitudes pueden visitar la página de la organización Make the Road NY aquí.

Contáctanos