Consulta para enmendar la Constitución Municipal de NY

NUEVA YORK – Los votantes neoyorquinos verán en sus papeletas tres preguntas como parte de una consulta popular para enmendar tres artículos de la Constitución Municipal de Nueva York.

FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS POLÍTICAS

Los electores decidirán si se reduce o no la cantidad de fondos que un candidato pueda aceptar de un contribuyente. El límite actual es de $5,100, pero la enmienda propone un máximo de $2,000.

Si estás de acuerdo:

Los aspirantes a un puesto de poder verían una disminución del límite que un contribuyente puede donar a su campaña. En contraste, los fondos públicos disponibles se incrementarían para un candidato que participe en el programa de fondos de contrapartida pública de la ciudad.

Si te opones:

Estarías en contra de reducir el límite de donación que un candidato puede aceptar de un contribuyente.

¿Por qué se plantea la reforma?

Los defensores creen que es necesario controlar la cantidad de donaciones que recibe un candidato cuando estas vienen de grandes corporaciones, firmas inmobiliarias y desarrolladores urbanísticos. Las organizaciones no partidistas que se enfocan en la defensa de la vivienda de bajo costo plantean que los aspirantes, una vez que triunfan en las urnas, están sujetos a compromisos previos con sus grandes donantes, lo que impide una agenda imparcial.

COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Esta enmienda plantea la creación de una Comisión de Participación Ciudadana integrada por organizaciones comunitarias, líderes y activistas. Sin embargo, sería el alcalde quien nombraría la mayoría de miembros. El mandatario elegiría 8 de 15.

¿Por qué se propone esta enmienda?

Los que apoyan la medida creen que la Comisión agilizaría los proyectos comunitarios; sin embargo, los detractores estiman que la enmienda anularía la independencia en el uso del presupuesto participativo y que otorgaría mayor control al alcalde.

LÍMITE DE MANDATOS EN JUNTAS VECINALES

La enmienda tiene como propósito imponer un límite de los cargos públicos que se pueden ocupar en una Junta Vecinal. El límite sería de cuatro mandatos consecutivos de dos años. Además, le enmienda requiere que la diversidad de aspirantes.

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