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Lo que debes saber del depósito de seguridad cuando alquilas un apartamento en NY

El propietario tiene 14 días para devolver el depósito una vez que el inquilino haya entregado la propiedad, es decir, devuelto las llaves y desalojado el apartamento.

Telemundo

Mudarse puede ser un dolor de cabeza, en especial cuando se trata del depósito de seguridad. La mayoría de los arrendamientos residenciales y contratos de alquiler en Nueva York requieren una cantidad, que está destinada a cubrir los daños a las instalaciones más allá del desgaste normal de vivir en el lugar. 

Pero hay leyes claras sobre cuánto puede cobrar un propietario a un inquilino por un depósito de seguridad. 

A diferencia de Nueva Jersey, donde se permite al propietario cobrar hasta un mes y medio de renta, en Nueva York el límite es de un mes para unidades que estén sujetas a la Ley de Rehabilitación y Renta de la Ciudad o la Ley de Control de Renta de Vivienda de Emergencia.

¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE EN NUEVA YORK PARA QUE UN PROPIETARIO DEVUELVA UN DEPÓSITO DE SEGURIDAD?

Según la ley de Nueva York, dentro de los 14 días posteriores a que el inquilino haya entregado la propiedad de alquiler al arrendador, es decir, devuelto las llaves y desalojado la propiedad.

Además, los propietarios deben dar aviso por adelantado antes de hacer cualquier deducción de un depósito de seguridad.

El inquilino debe saber que el propietario no está obligado a devolverle el depósito antes o el día en que el apartamento queda vacante. 

Si el propietario planea quedarse con una parte o la totalidad del depósito, éste deberá informar por escrito la razón de esa decisión dentro de los 14 días posteriores a la mudanza. 

Si el propietario no hace esto, pierde cualquier derecho a quedarse con cualquier parte del depósito, según las leyes de Nueva York. 

La devolución de 14 días de un depósito de seguridad no se aplica a los inquilinos con renta regulada.

¿QUÉ HAGO SI EL PROPIETARIO SE NIEGA A DEVOLVER MI DEPÓSITO DE SEGURIDAD SIN RAZÓN LEGÍTIMA? 

Puedes presentar una querella ante el Tribunal de Reclamos Menores, que tiene la autoridad para conceder una indemnización por daños y perjuicios. 

El propietario deberá declarar ante el tribunal si no cumplió con las leyes del estado o si guardó el depósito en su cuenta personal, y la corte podrá decidir que, al incumplir las normas, pierde el derecho de retener el dinero. 

El Tribunal de Reclamos Menores puede decidir en un caso en el que el propietario afirma que el inquilino causó graves daños al apartamento o que debe el alquiler atrasado, pero puedes demostrar que dejaste el lugar en buenas condiciones y que pagaste puntualmente el alquiler. 

En Nueva York, el Tribunal de Reclamos Menores está diseñado para querellas simples sin la necesidad de un abogado, aunque puedes llevar testigos y presentar fotografías y otras pruebas, como copias de los recibos de alquiler, giros postales y cheques cancelados para el pago del alquiler.

¿DÓNDE ESTÁ MI DEPÓSITO DE SEGURIDAD? 

Los propietarios deben revelar el nombre y la dirección de la institución financiera o banco donde se guarda el depósito de seguridad y el monto del depósito si el edificio tiene seis o más departamentos. 

El propietario deberá guardar el depósito en una cuenta de ahorros separada y notificarle por escrito el nombre y la dirección del banco. 

El propietario en cada situación de alquiler puede retener una tarifa administrativa del 1% anual sobre la suma depositada, pero el resto del dinero pertenece al inquilino. 

También en Nueva York, los propietarios de unidades no reguladas en edificios con seis o más unidades deben pagar intereses a los inquilinos sobre el depósito de seguridad. El interés puede restarse del alquiler, pagarse al final de cada año o pagarse al final del arrendamiento, según la elección del inquilino. 

Pero si hay menos de seis unidades de alquiler en el edificio, el propietario solo está obligado a depositar la garantía en una cuenta bancaria separada. Esta cuenta no tiene que pagar intereses.

¿PUEDO USAR MI DEPÓSITO DE SEGURIDAD PARA PAGAR EL ALQUILER DEL ÚLTIMO MES?

No, pues el propietario usará ese dinero o parte de la suma como garantía en caso de que el inquilino haya causado daños en el apartamento. Si no pagas el alquiler del último mes cuando vence, corres el riesgo de ser desalojado por falta de pago del alquiler antes de que finalice el contrato de arrendamiento.

¿EN QUÉ SITUACIÓN EL PROPIETARIO PUEDE QUEDARSE CON EL DEPÓSITO COMPLETO?

Solo cuando el inquilino ha causado daños en el apartamento más allá del desgaste normal. El propietario únicamente puede retener la suma necesaria para reparar el daño y está obligado a proporcionar al inquilino una lista detallada de las reparaciones que propone como motivo para no devolver el depósito completo. 

Los inquilinos tienen derecho a solicitar los recibos de las reparaciones para verificar que la suma sea la correcta y así reclamar cualquier parte del depósito que no se haya utilizado.

CONSEJOS PARA PROTEGER TU DINERO 

  • Antes de comenzar a desempacar, realiza una inspección minuciosa de la unidad- Mejor aún, revisa con lupa antes de firmar el contrato de arrendamiento. Es mejor inspeccionar las instalaciones antes de mudarse; pues así será más fácil detectar problemas mientras el lugar esté vacío.
  • Revisa el lugar en busca de daños, suciedad, moho y desgaste evidente. Pon especial atención a la presión del agua y el desagüe del fregadero en la cocina y los baños, el funcionamiento de los electrodomésticos, el aspecto de los pisos y las paredes y el estado de las almohadillas debajo de la alfombra.
  • Haz un inventario detallado de lo que encuentres mediante una lista de verificación. Cuanto más registre sobre la unidad, en mejor posición estarás para documentar problemas existentes. 
  • El inquilino y el casero pueden completar la lista de verificación juntos para evitar disputas o desacuerdos. De lo contrario, puedes traer testigos para documentar la condición de la unidad en el momento de la mudanza. Si detectas problemas, describe específicamente lo que está mal. Cuanto más detallado sea, más claro será que no eres responsable de los daños ya existentes. 
  • Si están de acuerdo, tanto el inquilino como el arrendador deben firmar la lista de verificación después de completarla. Haz una copia para que cada uno tenga una.
  • Al final de tu arrendamiento, ambos pueden hacer una inspección con base en la lista de verificación al mudarse. Si los elementos que estaban bien en el momento de la mudanza ahora están dañados, el propietario puede responsabilizar al inquilino por reparaciones, pero estarás protegido de que te facturen los daños que existían antes de que te mudaras. 
  • Además de completar una lista de verificación, también toma fotografías y/o videos y dale una copia a tu arrendador con fecha y hora. 
  • Si, a pesar de tus esfuerzos, el propietario trata de quedarse con una parte o la totalidad de tu depósito de seguridad, puede llamar a la Procuraduría General de Nueva York para obtener asistencia o presentar una queja ante un Tribunal de Reclamos Menores. 

¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR LA LEY DE NUEVA YORK SOBRE EL DEPÓSITO DE SEGURIDAD?

Si estás escribiendo una carta a un propietario y deseas citar las reglas actuales, puedes encontrar los estatutos en Ley de Obligaciones Generales de Nueva York, secciones 7-103 a 7-108 (2020). Para acceder a los estatutos de Nueva York, visita el sitio web del Senado del estado de Nueva York o consulta el sitio de investigación legal de la Biblioteca del Congreso.

La Procuraduría General de Nueva York también ofrece una lista de recursos de vivienda y alquiler en Nueva York aquí

Llama a la Procuraduría General de Nueva York al 1-800-771-7755 para obtener más información y/o guía para presentar una queja.

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