Millones de contribuyentes que reclamaron créditos fiscales, cheques de estímulo o cualquier otro incentivo federal han estado recibiendo indeseables noticias del IRS durante los últimos meses.
La agencia tributaria ha enviado notificaciones de ‘error de cálculo’ a unos 9 millones de contribuyentes que se beneficiaron de los pagos al creer que cumplían los criterios, pero una revisión más minuciosa del IRS llevó a una verificación y posterior ajuste de la planilla de impuestos, lo que derivó en deudas impagables para muchos.
Algunos contribuyentes tendrán que reembolsar los créditos fiscales o el cheque de estímulo, o bien, verán reembolsos más pequeños tras los ajustes de la agencia tributaria.
ACUERDO DE PAGO MENSUAL
El método más común para pagar una deuda tributaria es el acuerdo de pago mensual, también conocido como IA.
Si debes $50,000 o menos, tienes la opción de establecer un plan de pago a plazos durante 72 meses con solo solicitarlo al IRS. Pero si debes más de $50,000, tendrás que negociar con la agencia federal para poder fijar un acuerdo de pago.
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El gobierno requiere que el contribuyente esté al día con las declaraciones de impuestos de este año. Si los registros del IRS muestran que no has presentado todas las declaraciones de impuestos vencidas, no podrás establecer un acuerdo de pago.
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Asimismo, si trabajas por cuenta propia, debes estar al día con tus pagos de impuestos estimados trimestrales para el año en curso. Finalmente, si tienes empleados, debes estar al día con los depósitos de impuestos sobre la nómina y las presentaciones del Formulario 941 para obtener un AI.
INTERESES Y MULTAS
Pagar una deuda tributaria a plazos puede ser la opción más viable cuando un contribuyente carece de la suma total para hacer un pago único y cubrir la deuda; sin embargo, el IRS advierte acerca de las desventajas.
La mayor de esas desventajas es que los intereses y las multas continúan acumulándose mientras aún les debes al IRS, esto sin importar que pagues mensualmente de forma puntual.
La tasa de interés se determina trimestralmente y es la tasa federal a corto plazo más el 3%, explica el IRS en una hoja informativa.
Además, si presentas una declaración pero no pagas todos los impuestos adeudados a tiempo, tendrás que pagar una multa por pago tardío. La multa por incumplimiento de pago es de la mitad del uno por ciento por cada mes, o parte de un mes, hasta un máximo del 25% del monto del impuesto que permanece sin pagar desde la fecha de vencimiento de la declaración hasta el pago en su totalidad.
La tasa de la mitad del uno por ciento aumenta al uno por ciento si el impuesto permanece impago 10 días después de que el IRS emite un aviso de intención de embargar la propiedad. Si presentas tu declaración antes de la fecha de vencimiento y solicitas un acuerdo de pago a plazos, la tasa de la mitad del uno por ciento se reduce a un cuarto del uno por ciento para cualquier mes en el que esté en vigor un acuerdo de pago a plazos.
En general, en combinación con las multas, la tasa de interés suele ser del 8% al 10% anual. Eso lleva a muchos contribuyentes a pagar durante años y terminar debiendo más que cuando empezó.
Ten en cuenta que el IRS aplica los pagos al impuesto primero, luego a cualquier multa y luego a los intereses. Cualquier monto de multa que aparezca en su factura es generalmente el monto total de la multa hasta la fecha del aviso, no el monto de la multa que se cobra cada mes.
Pero si adeudas impuestos y no presentas tu declaración oportunamente, también se impone una multa por presentación tardía. La multa por no presentar la declaración, es por lo general el 5% del monto de impuestos adeudado cada mes o parte de un mes, que tu declaración se atrase, hasta un máximo de un 25%. Si presentas tu declaración con más de 60 días de retraso, también hay una multa mínima por presentación tardía que es el monto que sea menor entre $435 (para declaraciones de impuestos sobre los ingresos que se necesiten presentar en 2021) o el 100% de los impuestos adeudados.
EXENCIONES
El IRS puede reducir las multas por presentar y pagar tarde si puedes demostrar una causa razonable y que el incumplimiento no se debió a negligencia intencional. Hacer un pago de buena fe tan pronto como puedas puede ayudar a establecer que tu falta inicial de pago a tiempo se debió a una causa razonable y no a negligencia intencional.
Si se te facturan los cargos de la multa y tienes una causa razonable para la reducción de la multa, envía una explicación junto con la factura a tu centro de servicio o llama al IRS al 800-829-1040 para obtener ayuda. Por ejemplo, los residentes de Nueva York y Nueva Jersey afectados por la devastación de Ida tienen justificación.
El IRS generalmente no reduce los cargos por intereses y continúan acumulándose hasta que todos los impuestos evaluados, las multas y los intereses se pagan por completo.
Pero existen algunas excepciones a los plazos generales para presentar una declaración y pagar impuestos, como:
- Miembros de las Fuerzas Armadas que están sirviendo en una zona de combate o en una operación de contingencia.
- Si es ciudadano o extranjero residente que trabaja en el extranjero.
- Si fue víctima de determinadas situaciones de desastre. En esas situaciones, el IRS tiene la autoridad para extender los plazos de presentación y pago.
Si debes más de $50,000 o no puedes pagar la cantidad que adeuda en seis años o menos, tu solicitud de IA comienza con un cobrador del IRS que analiza tu declaración de información de cobro en el Formulario 433-A. El cobrador utiliza la información del formulario para determinar la cantidad que puedes pagar. Los montos de pago quedan a discreción del IRS.
PAGOS DE BUENA FE
Ofrece al IRS pagar al menos la cantidad de tus ingresos menos los gastos de subsistencia necesarios. Este es el dinero que te sobra cada mes después de pagar las necesidades básicas. Sin embargo, no te comprometas a pagar más de lo que puedes solo para que se apruebe el plan. Prometer al IRS más de lo que puedes desembolsar es un grave error; una vez que se aprueba una AI, el IRS no renegociará el acuerdo.
Realiza un primer pago cuando propongas el acuerdo y sigue haciendo pagos mensuales incluso si el IRS aún no ha aprobado el acuerdo. Hacer pagos voluntarios demuestra tu buena fe y crea un historial. Por ejemplo, si pagas $100 al mes durante tres meses antes de que se apruebe el acuerdo, el cobrador puede inclinarse a creer que esta es una cantidad adecuada.
Si el Servicio de Impuestos Internos (IRS) otorga un plan de pagos a plazos, puede llevar varios meses notificarlo por escrito.
Hasta que recibas una notificación por escrito de aprobación, envía los pagos a tu centro de servicio local utilizando los recibos de pago y los sobres con códigos de barras proporcionados. Si no deseas que el IRS sepa dónde realizas tus operaciones bancarias, utiliza un giro postal o un cheque de caja de otro banco.
TIENES OTRAS DOS OPCIONES PARA REALIZAR PAGOS UNA VEZ QUE SE APRUEBA EL ACUERDO
Mediante una deducción de nómina directa
Solicita una deducción de nómina en el Formulario 2159, Acuerdo de deducción de nómina. Tu empleador debe estar de acuerdo en enviar pagos al IRS cada mes utilizando los recibos de pago del IRS.
Domiciliación bancaria
Haz que tu banco cargue automáticamente tu cuenta corriente cada mes y envíe un pago al IRS.
Visita https://www.irs.gov/es/taxtopics/tc653 para más detalles.
OFERTA DE COMPROMISO
Es probable que algunas vez te hayas visto bombardeado por publicidad de preparadores de impuestos y bufetes de abogados o contadores que prometen liquidar tu factura fiscal por "centavos por dólar". Es decir, pagar solo una fracción mínima de lo mucho que debes y terminar así de una vez por todas con la pesadilla.
Esos proveedores de servicios privados a menudo afirman que sus habilidades de negociación y su profundo conocimiento del sistema tributario te librarán del IRS con suma facilidad.
Sin embargo, esa promesa puede ser una ilusión, pues no es tarea fácil hacer que el IRS liquide una deuda tributaria por centavos de dólar. Ocurre, pero solo en los casos en que un contribuyente claramente no tiene los activos y / o ingresos para pagar la deuda tributaria en un tiempo razonable. Y lo más importante, ese contribuyente deberá probarlo con innumerables documentos.
Si el contribuyente en cuestión tiene el dinero para pagarle al Tío Sam, o probablemente lo tendrá en el futuro, ninguna cantidad de negociación convencerá al IRS de conformarse con menos de lo que debes. Esto es así, ya sea que te representes a ti mismo o contrates a un bufete de abogados o cualquier otro servicio privado.