ayuda económica

Hasta $ 10 millones en fondos federales para organizaciones de entretenimiento y arte afectadas por la pandemia: aquí cómo solicitarlos

¿Tienes una empresa o una organización sin fines de lucro de espectáculos en vivo? Es posible que puedas obtener hasta $ 10 millones del Gobierno federal como parte de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense.

Telemundo

El programa Subvención para Operadores de Locales Cerrados, (SVOG, por sus siglas en ingles), fue establecido por la Ley de Ayuda Económica a las Pequeñas Empresas, Organizaciones sin Fines de Lucro y Sedes más afectadas, y enmendado por la Ley del Plan de Rescate Estadounidense.

El programa incluye más de $ 16 mil millones en subvenciones para lugares cerrados y que serán administrados por la Oficina de Asistencia para Desastres de la Administración de Pequeños Negocios de los Estados Unidos, (SBA, por sus siglas en inglés).

Los solicitantes que cumplan el criterio pueden calificar para subvenciones equivalentes al 45% de sus ingresos brutos devengados, con la cantidad máxima disponible para una única subvención de $ 10 millones. Se reservan $ 2 mil millones para aplicaciones que cumplan los criterios con hasta 50 empleados a tiempo completo.

¿Quiénes puedan solicitar esta ayuda?

  • Operadores o promotores de lugares de espectáculos en vivo
  • Productores teatrales
  • Operadores de organizaciones de artes escénicas en vivo
  • Operadores de museos
  • Operadores de salas de cine (incluidos los propietarios)
  • Representantes de talento

Otros requisitos para destacar:

  • El lugar debe haber estado en funcionamiento a partir del 29 de febrero de 2020
  • El lugar o promotor que recibió un préstamo de PPP el 27 de diciembre de 2020 o después, se le reducirá el SVOG por el monto del préstamo de PPP

¿De cuánto es la ayuda?

Los montos de la subvención reflejarán cualquiera de los siguientes casos:

  • Para una entidad que cumpla los requisitos y que esté en funcionamiento desde 1 de enero de 2019, las subvenciones serán por un monto equivalente al 45% de sus ingresos brutos devengados en 2019 O $ 10 millones, lo que sea menor.
  • Para una entidad que cumplan los requisitos y que comenzó a operar después del 1 de enero de 2019, las subvenciones serán por el ingreso bruto mensual promedio por cada mes completo que estuvo en operación durante 2019 multiplicado por seis (6) O $ 10 millones, lo que sea menor.

¿Cómo realizar la solicitud?

Las que hayan sufrido la mayor pérdida económica serán las primeras solicitudes tramitadas bajo el siguiente cronograma:

  • Primeros 14 días de concesión de subvenciones: entidades que sufrieron una pérdida de ingresos brutos del 90% o más entre abril de 2020 y diciembre de 2020 debido a la pandemia de COVID-19.
  • Próximos 14 días de concesión de subvenciones: entidades que sufrieron una pérdida de ingresos brutos del 70% o más entre abril de 2020 y diciembre de 2020 debido a la pandemia de COVID-19.
  • A partir de 28 días después de que se otorguen los premios de primera y segunda prioridad: entidades que sufrieron una pérdida de ingresos del trabajo del 25% o más entre un trimestre de 2019 y el trimestre correspondiente de 2020.
  • Disponible después de que hayan pasado todos los períodos de prioridad: destinatarios de premios de primera, segunda y tercera ronda de prioridad que sufrieron una pérdida de ingresos del 70% o más durante el trimestre calendario más reciente (a partir del 1 de abril de 2021 o posterior).

¿En qué puedo utilizar los fondos?

  • Costos de nómina
  • Pago de renta
  • Pagos de servicios públicos
  • Pagos hipotecarios programados (sin incluir el pago anticipado del principal)
  • Pagos de deuda programados (sin incluir el pago anticipado del principal de cualquier deuda incurrida en el curso normal de las operaciones antes del 15 de febrero de 2020)
  • Gastos de protección del trabajador
  • Pagos a contratistas independientes (que no excedan los $ 100,000 en compensación anual para un empleado individual de un contratista independiente)
  • Otros gastos comerciales ordinarios y necesarios, incluidos los costos de mantenimiento.
  • Costos administrativos (incluidas tarifas y licencias)
  • Tasas e impuestos estatales y locales
  • Arrendamientos operativos vigentes al 15 de febrero de 2020
  • Pagos de seguros
  • Publicidad, transporte de producción y gastos de capital relacionados con la producción de una producción teatral o de artes escénicas en vivo. (Puede que no sea el uso principal de los fondos)
  •  

Los beneficiarios no pueden utilizar los fondos de la subvención para:

  • Comprar bienes inmuebles
  • Realizar pagos de préstamos originados después del 15 de febrero de 2020
  • Realizar inversiones o préstamos
  • Realizar contribuciones u otros pagos a, o en nombre de, partidos políticos, comités políticos o candidatos a elecciones.
  • Pagar por cualquier otro uso prohibido por el Administrador

Mantenimiento de registros del concesionario

Se requerirá que los beneficiarios mantengan documentación que demuestre su cumplimiento con los requisitos del programa SVOG. Deben conservar los registros de empleo durante cuatro años después de recibir una subvención y conservar todos los demás registros durante tres años.

¿Dónde puedo empezar la solicitud?

Para empezar la solicitud visite este sitio web. Aquí un video que explica paso a paso.

Para obtener asistencia técnica del portal de la aplicación SVOG, como restablecer la contraseña, sugerencias del navegador o cómo usar la autenticación multifactor con una aplicación y el código QR, los solicitantes pueden llamar al 1-800-659-2955.

Para más información visite esta página.

Por su parte, la Ciudad de Nueva York también ofrece recursos para ayudar a los solicitantes con el proceso. Puede visitar este sitio web o llamando a los Servicios de Pequeños Negocios de la Ciudad de Nueva York al 888-SBS-4NYC (888-727-4692).

Otro tipo de ayuda para este tipo de organizaciones en la Ciudad de Nueva York

Nota: otro recurso que la Ciudad de Nueva York lanzó para ayudar a las organizaciones de arte es el programa Cultura Abierta o Open Culture fue lanzado por el alcalde Bill de Blasio con el fin de permitir actuaciones al aire libre durante la primavera. Las organizaciones culturales que cumplen los criterios pueden postularse para producir espectáculos y programación artística en las calles designadas a partir del 1 de marzo y el programa irá hasta el 31 de octubre de 2021. Las solicitudes se considerarán por orden de llegada. La información aquí.

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