Las órdenes de protección son emitidas por un juez para proteger del abuso, acoso, amenaza y / o intimidación, o si se ha cometido un crimen violento o grave. Las órdenes de protección se emiten comúnmente en casos de violencia doméstica, pero también se pueden emitir en otras circunstancias.
TIPOS DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN
- Orden de protección del Tribunal de Familia: se emite una orden de protección del Tribunal de Familia como parte de un procedimiento civil para detener la violencia que está ocurriendo dentro de la familia o dentro de una relación íntima. Puede comenzar el proceso completando la Petición de delito familiar. Para obtener una orden de protección en el Tribunal de Familia, su relación con la otra persona involucrada debe estar en al menos una de las siguientes categorías:
- Cónyuge actual o anterior.
- Alguien con quien tiene un hijo en común.
- Un miembro de la familia con el que esté relacionado por sangre o matrimonio.
- Alguien con quien tiene o ha tenido una 'relación íntima'. Tome en cuenta que una relación íntima no significa necesariamente una relación sexual. El Tribunal de Familia considerará varios factores como "con qué frecuencia se ven o cuánto tiempo se conocen".
- Orden de protección del Tribunal Penal: un fiscal de distrito adjunto puede solicitar una orden de protección del tribunal penal en su nombre. No es necesario que tenga una relación íntima o personal con la persona acusada del delito. El juez decide si emite una orden de protección, así como los términos y condiciones.
- Orden de protección de la Corte Suprema: Se puede emitir una orden de protección de la Corte Suprema como parte de un proceso penal o de divorcio en curso. Si está involucrado en un caso de divorcio en curso y desea solicitar una orden de protección, debe presentar una solicitud por escrito mediante Petición u Orden para mostrar causa, o una solicitud oral en una comparecencia ante el tribunal. Si un abogado lo representa en el caso, el abogado puede hacer la solicitud escrita u oral en su nombre. El juez decide si emite una orden de protección, así como los términos y condiciones.
LOS TIPOS DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN
- Orden de protección temporal: Emitida el mismo día en que el demandante solicita una orden de protección y dura solo hasta la próxima fecha de la corte, momento en el que puede extenderse.
- Orden de protección final: Se emite una orden de protección final cuando el caso resulta en una condena (ya sea por declaración de culpabilidad o después de un juicio) en un tribunal penal o en un tribunal de familia después de que un juez determina que se cometió un delito familiar.
- Orden de protección completa: Una orden de protección completa significa que el sujeto de la orden de protección debe permanecer completamente alejado de usted, su hogar, trabajo y escuela, y no debe abusar, acosar o amenazarlo.
- Orden de protección limitada: Una orden de protección limitada permite que el sujeto de la orden de protección mantenga contacto con usted. Sin embargo, el sujeto no puede abusar, acosar o amenazarlo.
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ENTREGA DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN DE LA CORTE SUPREMA O DE FAMILIA
Noticias
El juez entregará las órdenes de protección en la corte si el acusado / demandado está presente.
La Oficina del Sheriff de la Ciudad de Nueva York puede notificar a su familia o la orden de protección de la Corte Suprema de lunes a jueves, entre las 3:00 a.m. y las 11:00 p.m., y los viernes, entre las 5:00 a.m. y las 11:00 p.m. Este servicio es gratuito.
Una vez que la Oficina del Alguacil haya notificado al demandado, le proporcionarán una declaración firmada que diga que el servicio se ha completado. Si la oficina del alguacil no puede entregar la orden de protección después de varios intentos, debe proporcionarle una declaración firmada que incluya las fechas y horas de cada intento.
Cuando la oficina del alguacil no está en funcionamiento, el NYPD puede ayudarlo a cumplir con su Orden de protección. Debe ir al cuartel donde vive el demandado y hacer la solicitud.
También puede hacer arreglos para que cualquier persona, incluido un familiar o amigo, mayor de 18 años, entregue la orden de protección, siempre que esta persona no sea parte del caso. La orden de protección debe notificarse lo antes posible, y la persona que entrega los documentos debe completar una "Declaración jurada de notificación", certificarla ante notario y presentarla en la corte lo antes posible. Debe traer el Servicio de declaración jurada cuando regrese a la corte; de lo contrario, el caso puede retrasarse o desestimarse. Es posible que una orden de protección temporal no entre en vigencia hasta que se entregue.
Una orden de protección no garantiza su seguridad. Debe hacer un plan de seguridad en caso de que la persona viole la orden de protección.
Vea consejos generales de prevención de delitos o una planificación de seguridad personalizada detallada.
VIOLACIÓN DE UNA ORDEN DE PROTECCIÓN
Es un delito violar una orden de protección temporal o definitiva. Si una persona viola la orden de protección, debe denunciarlo a la policía. En caso de emergencia, llame al 911 y la persona será arrestada. En caso de que no sea una emergencia, puede presentar una violación de la orden de protección yendo a un recinto policial. Si tiene una orden de protección del Tribunal de Familia, puede acudir al Tribunal de Familia y presentar la infracción, puede denunciar la infracción a la policía o elegir ambas opciones. Si presenta una violación de la orden de protección solo en el Tribunal de Familia, es posible que el sujeto que violó la orden no sea arrestado. Obtenga más información sobre una orden de protección .