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Aumento del salario mínimo en Nueva York: Esto es lo que debes saber

Te explicamos los cambios principales en cuanto al salario mínimo y el crédito de propinas en las distintas industrias.

Telemundo

Si bien la mayoría de los neoyorquinos ansían dejar atrás 2020, los dueños de empresas en gran parte de Nueva York verán un aumento en sus costos laborales en 2021 pese a que gran parte del estado atraviesa un agudo declive económico. 

Si bien muchos empleadores están al tanto del próximo aumento de los salarios mínimos, es posible que muchos no sepan que la tasa de salario mínimo para estar exentos de las horas extraordinarias también está aumentando. Y la mayoría tal vez tampoco sepa de que ya no podrá obtener un crédito de propinas para el salario mínimo para una gran espectro de categorías de empleados. 

A partir del 31 de diciembre de 2020, el salario mínimo aumentará para todos los empleados del sector privado en el estado, excepto para aquellos que trabajan en la Ciudad de Nueva York. Específicamente, el mínimo aumentará de $ 13.00 a $ 14.00 por hora para los empleados que trabajan en Long Island y Westchester, y de $ 11.80 por hora a $ 12.50 por hora para el resto del estado, excepto la Ciudad de Nueva York, donde el mínimo ya es de $ 15.00 por hora y seguirá siéndolo.

Los aumentos salariales no se limitan a los empleados por hora. A partir del 31 de diciembre de 2020, los salarios mínimos para las exenciones ejecutivas y administrativas de las horas extraordinarias también aumentarán de la siguiente manera:

UbicaciónUmbral de salario mínimo semanal en 2020Umbral de salario mínimo semanal en 2021
Long Island & Westchester$ 975.00 por semana$1,050.00 por semana
Resto del estado de Nueva York excepto la Ciudad de Nueva York$885.00 por semana$937.50 por semana

El umbral de salario mínimo en la ciudad de Nueva York se mantendrá en $ 1,125.00 por semana.

Los empleadores sujetos a la Orden de Salarios para Industrias y Ocupaciones Diversas enfrentan un cambio significativo. A partir del 30 de junio de 2020, estos empleadores debían reducir el crédito de propinas aplicado en un 50%.

A partir del 31 de diciembre de 2020, dichos empleadores ya no pueden aplicar un crédito de propinas para el salario mínimo para los empleados que reciben propinas de forma regular.

Ese cambio afectará a las empresas que contratan empleados tales como asistentes de estacionamiento, aparcacoches, peluqueros, trabajadores de salones de belleza y otros trabajadores fuera de la industria de hotelera que a menudo reciben propinas. En consecuencia, los empleadores de estos trabajadores deben asegurarse de comenzar a pagar el mínimo completo aplicable en el área geográfica en cuestión. 

CAMBIOS EN EL CRÉDITO DE PROPINAS DE LA INDUSTRIA HOTELERA

La eliminación del crédito por propinas no se aplica a todos los empleadores y no afectará a los empleadores que operan restaurantes y hoteles y que están cubiertos por la Orden de Sueldos de la Industria Hotelera. Estas empresas aún pueden aplicar un crédito de propinas para el salario mínimo. Sin embargo, el monto del crédito de propinas cambia a partir del 31 de diciembre de 2020. 

Para los trabajadores que no se dedican al servicio de alimentos, como el personal de entrega o los asistentes de baño, el nuevo crédito de propina permitido es el siguiente, excepto para los hoteles de resort:

UbicaciónCrédito de propina por horaPromedio mínimo de ganancias de propinas por hora para obtener el crédito de propinasSalario directo en efectivo por horaCompensación total mínima por hora
Long Island & Westchester$2.35$3.05$11.65$14.00
Resto del estado de Nueva York excepto NYC$2.10$2.70$10.40$12.50

En la Ciudad de Nueva York, el crédito de propina permitido para tales trabajadores de servicios no cambiará este año y se mantendrá en $ 2.50 por hora, con un salario mínimo directo en efectivo de $ 12.50 por hora. Para obtener el crédito de propinas, dichos trabajadores deben promediar al menos $ 3.25 en ganancias de propinas por hora.

Para los hoteles resort, el nuevo salario mínimo y el crédito de propinas para los trabajadores que no trabajan en el sector de servicios de alimentos es el siguiente:

UbicaciónCrédito de propina por horaPromedio mínimo de ganancias de propinas por hora para obtener el crédito de propinasSalario directo en efectivo por horaCompensación total mínima por hora
Long Island & Westchester$2.35$7.85$11.65$14.00
Resto del estado de Nueva York excepto NYC$2.10$7.00$10.40$12.50

En el caso de los hoteles resort de la Ciudad de Nueva York, el crédito de propina permitido para los trabajadores que no se dedican al servicio de alimentos sigue siendo de $ 2.50 por hora. Para que se aplique el crédito, dicho trabajador debe tener un promedio de $ 8.40 por hora en propinas. El trabajador debe recibir un salario en efectivo de al menos $ 12.50 por hora, para una compensación mínima total de $ 15.00.

El crédito de propina aplicable a los trabajadores del servicio de alimentos, como meseros, camareros, acompañantes y corredores, también cambiará el 31 de diciembre de 2020 para la mayor parte del estado de la siguiente manera:

UbicaciónCrédito de propina por horaSalario directo en efectivo por horaCompensación total mínima por hora
Long Island & Westchester$4.65$9.35$14.00
Resto del estado de Nueva York excepto NYC$4.15$8.35$12.50

En la Ciudad de Nueva York no hay cambios: el crédito de propina permitido por hora sigue siendo de $ 5,00 y el salario mínimo en efectivo es de $ 10,00 por hora, para un salario mínimo total de $ 15,00 por hora.

Los empleadores de la industria hotelera no solo deben implementar en la nómina los cambios requeridos para reflejar el aumento del salario mínimo y los cambios en el crédito de propinas, que entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2020, también deben notificar a sus empleados por escrito de estos cambios al menos siete días antes en concordancia con la Ley de Prevención del Robo de Salarios.

VISITA LA PÁGINA WEB del Departamento de Trabajo de Nueva York para más información, también disponible en español.

También puedes llamar al 1-888-4-NYSDOL (1-888-469-7365).

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