Tribunal Supremo dice no a la Quiebra Criolla

Puerto Rico no podrá establecer su propio mecanismo de bancarrota y reestructurar su deuda.

El Tribunal Supremo de EE.UU. falló hoy contra Puerto Rico en un caso vital sobre la deuda y determinó que la isla no puede recurrir a una ley que proclamó en 2014 para declarar en quiebra a sus empresas públicas, cuya deuda ronda los 20.000 millones de dólares.

El fallo significa que Puerto Rico, estado libre asociado de EE.UU., no podrá establecer su propio mecanismo de bancarrota y reestructurar su deuda de 72.000 millones de dólares, de los que una buena parte corresponde a corporaciones públicas que a menudo recurren al Gobierno para mantenerse a flote.

Los jueces fallaron en contra de la Ley 71 de 2014 para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas, conocida a nivel local como "Ley de quiebra criolla" y que pretendía dar una vía alternativa a las empresas públicas de agua y electricidad para reestructurar su deuda.

De esta forma, los magistrados determinaron que la deuda de Puerto Rico depende del Congreso de EE.UU., cuya Cámara baja aprobó la semana pasada un proyecto de ley para facilitar la reestructuración de la deuda con un mecanismo de supervisión y que ahora deberá pasar por el Senado, donde no se espera que tenga grandes obstáculos.

Una vez que reciba el aval del Senado, el presidente estadounidense, Barack Obama, será el encargado de firmar la ley, cuyo acrónimo es "Promesa".

En su sentencia de hoy, los magistrados afirmaron que las leyes federales "prohíben a Puerto Rico promulgar su propio esquema municipal de bancarrota para reestructurar la deuda de las compañías públicas insolventes".

De esta forma, los jueces determinaron que Puerto Rico no tiene autoridad para reestructurar su deuda bajo un régimen supervisado por las autoridades judiciales similar al previsto en el Capítulo 9 de la Ley de Quiebras federal.

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